cioso-Administrativo, con sede en Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha dictado con fecha 25 de septiembre de 2008, la Sentencia número 2062, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Que con... [Más]
cioso-Administrativo, con sede en Valladolid, del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, ha dictado con fecha 25 de septiembre de
2008, la Sentencia número 2062, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Que con desestimación del recurso contencioso-administrativo núm.
1039/07 interpuesto por la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla y León contra la ORDEN EDU/1037/2007 de 6 de junio de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León que establece el calendario escolar para el curso 2007/2008, debemos declarar y declaramos:
Primero.
– Que la mencionada Orden es conforme a derecho.
Segundo.
– No hacer expresa imposición de costas procesales.
»
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118
de la Constitución, artículo 17.
2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial y artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, esta Consejería de
Educación
RESUELVE
Ordenar la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial de Castilla
y León» para general conocimiento y cumplimiento.
Valladolid, 5 de mayo de 2009.
El Consejero de Educación,
P.
A.
(Acuerdo 1/2009, de 28 de abril)
La Consejera de Cultura y Turismo
Fdo.
: M.
ª JOSÉ SALGUEIRO CORTIÑAS
RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2009, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Formación del Profesorado, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 8 de mayo de 2009 de esta
Dirección General para la realización de la evaluación de diagnóstico, en 4.
º de educación primaria, en los centros docentes de Castilla y León, en el curso 2008-2009.
Mediante Resolución de 6 de mayo de 2009, de la Viceconsejería de
Educación Escolar, se establecen determinados aspectos para la realización de la evaluación de diagnóstico en 4.
º de educación primaria de los
centros docentes de Castilla y León, en el curso 2008-2009.
La citada Resolución, en su disposición final primera faculta al titular de la Dirección General de Calidad, Innovación y Formación del Profesorado para dictar las resoluciones e instrucciones que sean necesarias
para su desarrollo y ejecución.
Siendo necesario pormenorizar y detallar determinados aspectos relativos al desarrollo de las pruebas de evaluación de diagnóstico que se realizarán el próximo día 27 de mayo simultáneamente en todos los centros
de la Comunidad de Castilla y León para el alumnado de 4.
º de educación
primaria en el curso académico 2008-2009, se ha elaborado por esta
Dirección General una Instrucción que se considera conveniente publicar
para su general conocimiento.
En atención a lo anteriormente indicado,
RESUELVO:
Disponer la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de
la Instrucción de 8 de mayo de 2009, de la Dirección General de Calidad,
Innovación y Formación del Profesorado para la realización de la evaluación de diagnóstico, en 4.
º de educación primaria, en los centros
docentes de Castilla y León, en el curso 2008-2009.
Valladolid, 8 de mayo de 2009.
La Directora General de Calidad, Innovación
y Formación del Profesorado,
Fdo.
: M.
ª DEL PILAR GONZÁLEZ GARCÍA
INSTRUCCIÓN DE 8 DE MAYO DE 2009, DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO PARA LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE
DIAGNÓSTICO, EN 4.
º DE EDUCACIÓN PRIMARIA, EN LOS CENTROS DOCENTES DE CASTILLAY LEÓN, EN EL CURSO 2008-2009.
Las pruebas para la evaluación de diagnóstico permitirán conocer el
grado de adquisición y desarrollo de las competencias básicas principales
en el alumnado de 4.
º de educación primaria, ofreciendo información
complementaria a la evaluación académica ordinaria del alumnado sin
tener efectos académicos sobre el mismo.
Estas pruebas serán elaboradas por un comité de expertos constituido
por maestros en activo y psicopedagogos, especialistas en las materias de
lengua castellana y matemáticas y conocedores del ámbito de las competencias, designados por la Dirección General de Calidad, Innovación y
Formación del Profesorado, encargada de la coordinación del proceso de
evaluación.
Elaboradas las pruebas, serán analizadas y validadas por un
grupo de profesionales en la materia y en una aplicación piloto, siendo
competencia de la citada Dirección General la edición definitiva de las
pruebas.
Mediante Resolución de 6 de mayo de 2009, de la Viceconsejería de
Educación Escolar, se han establecido determinados aspectos para la realización de la evaluación de diagnóstico, en 4º de educación primaria, en
los centros docentes de Castilla y León, en el curso 2008-2009 facultando, en su disposición final primera, a la Directora General de Calidad,
Innovación y Formación del Profesorado para dictar las resoluciones e
instrucciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de dicha
Resolución.
Por todo ello, el desarrollo de la evaluación de diagnóstico en 4.
º de
educación primaria, en los centros docentes de Castilla y León, en el
curso 2008-2009, se realizará siguiendo la siguiente
INSTRUCCIÓN
Primero.
– Fecha y duración de las pruebas.
1.
Las pruebas de evaluación de diagnóstico para el curso 2008-2009
se realizarán el día 27 de mayo, desarrollándose simultáneamente en
todos los centros de la Comunidad de Castilla y León, sostenidos con fondos públicos, que impartan educación primaria.
2.
Las pruebas se realizarán, al comenzar la jornada, en dos sesiones
de 50 minutos, precedidas del tiempo necesario para la explicación de la
prueba y el desarrollo de los pasos previos que se especifiquen en las instrucciones.
En la primera sesión se realizará la prueba de competencia
matemática, tras la cual habrá un descanso de entre 10 y 15 minutos, y
seguidamente se realizará, en la segunda sesión, la prueba de competencia
en comunicación lingüística.
3.
Excepcionalmente, en el caso de que por cualquier circunstancia
algún alumno no pudiera realizar las pruebas el día establecido, las efectuará el día lectivo que se incorpore de nuevo al centro.
Segundo.
– Recepción y custodia de las pruebas en los centros.
1.
El director de cada centro recibirá los cuadernillos de las pruebas y
el material necesario para su desarrollo, en los días previos a la evaluación.
Los cuadernillos se recibirán en sobre cerrado y así se custodiarán
hasta el momento de su utilización.
2.
En el hipotético caso de anomalías en la recepción del material, el
director lo pondrá en conocimiento del inspector del centro para solventarlas con la mayor brevedad posible.
Tercero.
– Desarrollo de las pruebas.
1.
En cada centro escolar habrá un tutor-responsable por cada grupo
de 4.
º de educación primaria que realice las pruebas que será el tutor de
cada grupo destinatario.
En ausencia del tutor, éste será sustituido por un
profesor del centro que imparta clase en ese curso y designado por el
equipo directivo.
2.
Los tutores-responsables contarán con la asistencia de un miembro
del equipo directivo, que será quien administre y reparta los sobres aún
cerrados en cada clase.
3.
Los tutores-responsables serán los encargados de la apertura de los
sobres de los cuadernillos en el momento exacto de la realización de las
pruebas y de dar al alumnado las instrucciones necesarias.
Una vez finalizado el tiempo previsto, recogerán las pruebas en el mismo sobre y las
dispondrán hasta su corrección.
B.
O.
C.
y L.
- N.
º 86 Lunes, 11 de mayo 2009 14299
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