Ley Nº 16.
603
APRUEBANSE LAS MODIFICACIONES DISPUESTAS
AL TEXTO DEL CODIGO CIVIL
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.
- Apruébase, con las modificaciones dispuestas en los artículos 2º y 3º de la presente ley, el texto del...
Más
Ley Nº 16. 603 APRUEBANSE LAS MODIFICACIONES DISPUESTAS AL TEXTO DEL CODIGO CIVIL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º. - Apruébase, con las modificaciones dispuestas en los artículos 2º y 3º de la presente ley, el texto del Código Civil elaborado por la Comisión Nacional designada por laLey Nº 15. 821, de 14 de agosto de 1986, y que consta en anexo elevado por el Poder Ejecutivo así como las reformas por el introducidas, declarándose el mismo "Texto Oficial". Artículo 2º. - Sustitúyense los artículos 209, 210, 230, 285, 395, 416, 441, 442, 442. 1, 842, 871, 889, 900, 1108, 1956, 1968, 1969, 2003, 2006, 2008, 2018, 2391. 1, proyectados de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la presente ley, por los siguientes: "ARTICULO 209. - Anulado el matrimonio, la situación de los hijos se regulará por lo dispuesto en el artículo 174". "ARTICULO 210. - No obstante l
Menos
De maria sanchez
Microsoft Word
Pub. on Marzo 12 2012
Páginas: 5
Vistas: 7
Descargas: 0